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Thursday, October 21, 2010

DIABETES: Chocolate ¿bueno para los diabéticos?

 
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  • Chocolate ¿bueno para los diabéticos? cuidado....

    En los últimos años se ha hablado mucho sobre los beneficios del chocolate. En particular, se ha dicho que el chocolate amargo podría proteger al corazón por el efecto de los polifenoles, los compuestos antioxidantes que se encuentran en el cacao.

    Chocolate

    Los expertos advierten del riesgo de la grasa y azúcar que contiene el chocolate.

    Ahora un nuevo estudio llevado a cabo en la Universidad de Hull, Inglaterra, afirma que el chocolate amargo podría ayudar a reducir los altos niveles de colesterol en las personas con diabetes.

    El alto colesterol -que está vinculado a un mayor riesgo de enfermedades cardiovasculares- es un problema grave para muchos diabéticos.

    Pero el chocolate -señalan otros expertos- es uno de los alimentos ricos en azúcar y grasa que precisamente deben evitar las personas que sufren esta enfermedad.

    La investigación, publicada en Diabetic Medicine (Medicina Diabética) probó la teoría de que los polifenoles podrían tener un impacto en el colesterol.

    En la prueba, los investigadores dieron barras de chocolate a 12 voluntarios con diabetes tipo 2. Algunas de las barras estaban enriquecidas con polifenoles y otras no.

    Después de 16 semanas los pacientes que recibieron las barras enriquecidas mostraron una pequeña mejora en su perfil general de colesterol: mientras los niveles de colesterol "malo" habían disminuido, los de colesterol "bueno" habían aumentado.

    Enfoque sensible

    Aunque el estudio fue muy pequeño, los investigadores creen que el consumo de chocolate rico en cocoa podría ayudar a la salud del corazón de los diabéticos.

    "El chocolate con un alto contenido de cacao debería ser incluido en la dieta de individuos con diabetes tipo 2 como parte de una dieta sensible y balanceada y de un estilo de vida sano" expresa el profesor Steve Atkin, quien dirigió el estudio.

    Diabético inyectándose insulina

    El colesterol alto es un problema para las personas con diabetes.

    Sin embargo, los expertos afirman que las personas con diabetes tipo 2 -y quienes no sufren la enfermedad- no deben tomar estos resultados como una excusa para comenzar a atiborrarse de chocolate amargo.

    Según los investigadores, la cantidad de chocolate amargo que puede tener beneficios es equivalente a sólo la mitad de una barra al día.

    Ademas, afirman los expertos, incluso las barras con los niveles más altos de cacao contienen también altos niveles de grasa y azúcar y en los pacientes diabéticos podrían terminar provocando más daños que beneficios.

    Las barras regulares de las principales marcas de chocolate amargo contienen más de 200 calorías y hasta 16 gramos de azúcar.

    Para un diabético consumir esto es un riesgo que supera los beneficios.

    "De ninguna forma la gente debe pensar que el mensaje de este estudio, conducido con sólo 12 personas, es que comer incluso una cantidad pequeña de chocolate amargo ayudará a reducir sus niveles de colesterol" señala el doctor Ian Frame, director de investigación de la organización Diabetes Uk.

    "El pequeñísimo beneficio de este compuesto que se encuentra en el chocolate rico en cacao será superado con mucho por el riesgo de la grasa y el azúcar".

    "El diseño de este estudio también es de alguna forma poco realista ya que pidió a los participantes que consumieran sólo cerca de la mitad de una barra normal de chocolate amargo cada día durante 16 semanas".

    "Sin embargo, sería muy interesante saber si, en estudio futuros, se puede encontrar una forma de probar si los polifenoles pueden ser añadidos a alimentos que no fueran altos en azucar y grasas saturadas como el chocolate" expresa el experto.


    Fuente:
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    Saludos
    Rodrigo González Fernández
    Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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    La nueva Ley Antitabaco prohibe a los medios mostrar gente fumando.

    A PARTIR DE ENERO

    'Gran hermano' no podrá mostrar a sus concursantes fumando

    Jueves, 21 de Octubre de 2010
    FórmulaTV.com
     
    La nueva Ley Antitabaco prohibe a los medios mostrar gente fumando.

    A partir del próximo 2 de enero, los medios de comunicación no podrán emitir imágenes de personas fumando. Tan sólo las series y las películas se librarán de esta prohibición, aprobada este miércoles en el Congreso de los Diputados. Del mismo modo, tampoco se podrán mencionar o mostrar directa o indirectamente marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos asociados al tabaco.

    Esta reforma recoge que ningún programa podrá emitir imágenes en los que los presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando. Aunque no se habla expresamente de concursantes se entiende que la prohibición se extiende también a los reality shows, de manera que las cadenas tampoco podrán mostrar a sus participantes fumando en el exterior de la casa de 'Gran hermano' o de la Escuela de 'Fama Revolution', por citar dos de los programas que actualmente están en emisión.

    Recogiendo por unanimidad una enmienda de la portavoz de Nafarroa Bai, Uxue Barkos, la nueva ley endurece la actual regulación del tabaco.A partir del próximo año, los fumadores no podrán fumar en los locales públicos cerrados, pero tampoco en algunos sitios al aire libre como, por ejemplo, en los parques infantiles, en los exteriores de los hospitales o en centros de enseñanza con alumnos menores de 18 años.

    La nueva ley permite que se siga fumando en estadios de fútbol, plazas de toros y recintos donde se celebran espectáculos, siempre y cuando estén al aire libre y sin techo o toldos. En el caso de las terrazas de locales de ocio, la ley establece que estos espacios solo pueden estar "rodeados lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos".

    Ahora la nueva ley tendrá que ser debatida en el Senado, pero saldrá adelante sin mayores complicaciones. La nueva norma entrará en vigor el 2 de enero, para así evitar problemas con las fiestas de Fin de Año.

    La nueva normativa detalla también las multas que se pondrán a los infractores. Las infracciones leves supondrán una multa de 30 a 600 euros; las graves, de hasta 10.000 euros, y las muy graves, hasta 600.000.

    Fuente:http://www.formulatv.com/
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    INDIGENA CHILE: Mañalich visita a comuneros mapuche que se recuperan tras huelga de hambre en Nueva Imperial

    MINISTRO DE SALUD

    Mañalich visita a comuneros mapuche que se recuperan tras huelga de hambre en Nueva Imperial

    Publicado por Solange Garrido • La información es de Radio Bío-Bío • 25 visitas

    El ministro de Salud, Jaime Mañalich, visitó a los comuneros mapuche del Hospital de Nueva Imperial, que se recuperan tras la prolongada huelga de hambre que protagonizaron hasta hace algunas semanas.

    En la oportunidad, el secretario de Estado, agradeció a la comunidad mapuche del Centro Intercultural de Salud por su compromiso para ayudar a los comuneros, ya que "gracias a ellos, estuvieron en una condición segura a través de visitas y ayuda espiritual", señaló.

    Por lo anterior "era justo volver a agradecer en persona a las machi y el machi de Nueva Imperial, ya que marcaron un camino que significó un cambio de posibilidad, respecto al pronóstico de estos comuneros", concluyó el ministro Mañalich.


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    Wednesday, October 20, 2010

    Quieres ganar peso? Pues toma nota de estos alimentos

    Quieres ganar peso? Pues toma nota de estos alimentos

    quesos
    Ya hemos hablado en ocasiones en Mensencia y vosotros mismos nos lo habéis comentado, que a veces lo difícil no es perder peso sino ganarlo. Lejos de que muchos piensen que eso más que un suplicio es un alivio, lo cierto es que algunos de vosotros estáis realmente apurados y lo pasáis mal intentado conseguir dietas con las que aumentar la masa muscular o la complexión y, por mucho que se vaya al gimnasio y se hagan rutinas específicas, es un trabajo lento y costoso. Por ello, nuestros compañeros de Vitónica aconsejan una serie de alimentos que pueden ayudarnos en nuestro objetivo de ganar peso, mediante un aumento de la masa muscular unido a una serie de ejercicios específicos y una dieta correcta y concreta para el caso.

    Así que nos desesperéis que no estáis solos en la lucha contra este propósito: tenemos a tres grandes aliados de nuestra parte y que gracias a dios, encontramos en la mayor parte de los frigoríficos de hoy en día. Vayamos a ver cuales son.

    Anunciate aquí


    • Frutos secos y frutas secas y desecadas: Estos alimentos presentan dos convenientes. Por un lado son una fuente de nutrientes bastante elevada, con aportes de fibra, vitaminas, minerales y antioxidantes además de, a pesar de poseer un alto poder calórico, aportan poco volumen energía si los comemos con consideración. Y no sólo eso sino que debido a su sabor y versatilidad, podemos incluirlos en la dieta de mil maneras distintas para conseguir no cansarnos de ellos: ensaladas, barritas energéticas, en postres o como aperitivo.
    • Quesos: son una excelente fuente de proteínas y pueden incluirse a una preparación sin incrementar su volumen, lo cual resulta ideal en comidas para ganar peso donde se busca una alta densidad energética, pero no calorías vacías. El único problema son las grasas que nos aportan por lo que sería recomendable consumir quesos semicurados o nada curados para reducir la ingesta calórica y el porcentaje de grasas.
    • Huevo: Sin duda, este le teníais apuntado desde el principio, porque es de sobra conocido su beneficio para todos aquellos que deseen aumentar la masa muscular (los famosos batidos de clara o yema de huevo). Su versatilidad es increíble y podemos consumirlo de mil formas distintas y además no solo es una fuente de proteínas inmensa, sino que las grasas que posee son beneficiosas y usándolo como liga (batido) no aporta volumen pero si calorías derivadas de buenos nutrientes.

    Vía | Vitónica
    Foto | Ulteriorepicure

    ¿Por qué hay más hombres alcohólicos?

    ¿Por qué hay más hombres alcohólicos?

    Hombre bebiendo

    Los hombres tienen el doble de riesgo de volverse alcohólicos.

    Científicos en Estados Unidos descubrieron porqué los hombres son más vulnerables que las mujeres a volverse alcohólicos.

    Según los investigadores de las universidades de Columbia y Yale, la clave es la dopamina, un compuesto químico cerebral que se libera al beber alcohol.

    Se sabe que el alcoholismo afecta al doble de hombres que mujeres pero hasta ahora se desconocía cuáles eran los mecanismos que podrían contrubuir a esa susceptibilidad masculina.

    En el estudio, publicado en Biological Psychiatry (Psiquiatría Biológica), los investigadores diseñaron una prueba de laboratorio para analizar el consumo de alcohol de jóvenes "bebedores sociales" hombres y mujeres.

    Después de consumir tanto una bebida alcohólica como una no alcohólica, cada uno de los participantes fue sometido a un escáner especializado de tomografía por emisión de positrones (PET), una técnica de imágenes computarizadas que puede medir la cantidad de dopamina que se libera con el consumo de alcohol.

    Placer y recompensa

    La dopamina es un neurotransmisor que tiene múltiples funciones en el cerebro, una de éstas son los efectos de placer que produce cuando es liberado con las experiencias de recompensa, como la relación sexual o el consumo de drogas.

    Los resultados del experimento mostraron que a pesar de que hombres y mujeres bebieron cantidades similares de alcohol, los hombres liberaban una cantidad mayor de dopamina que las mujeres.

    Este incremento se encontró en la parte ventral del cuerpo estriado, una zona del cerebro asociada con el placer y la formación y refuerzo de adicciones.

    "En los hombres, el incremento en la liberación de dopamina también mostró una fuerte asociación con los efectos subjetivos positivos de la intoxicación con alcohol" explica la doctora Nina Urban, quien participó en el estudio.

    "Esto podría contribuir a las propiedades de refuerzo inicial del alcohol y al riesgo de formación de hábito" agrega.

    Los investigadores descubrieron también que la liberación de dopamina por el consumo de alcohol disminuye a medida que se repiten los episodios de beber en exceso.

    Esto, afirman los científicos, podría ser uno de los factores por los cuales se desarrolla tolerancia al alcohol o se procede a transformar el consumo en un hábito.

    Los investigadores creen que futuros estudios podrían centrarse en la identificación de los mecanismos cerebrales encargados de controlar la liberación de dopamina y sus efectos de recompensa y abuso en el ser humano.

    Otras investigaciones en el pasado, sin embargo, han demostrado que el alcohol tiene efectos más perjudiciales en las mujeres que en los hombres, tanto sus efectos a largo plazo, como la enfermedad hepática, como su impacto a corto plazo.

    Un estudio llevado a cabo en 2007 en Estados Unidos encontró que, cuando hombres y mujeres bebían la misma cantidad de alcohol, la sustancia afectaba más severamente las funciones cognitivas de ellas, incluida su planeación y percepción visual, procesamiento de datos, memoria a corto plazo y coordinación motora.


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    Tuesday, October 19, 2010

    CORTE SUPREMA RATIFICA QUE SERVICIO DE SALUD DEBE PAGAR INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DE MUJER TRAS PARTO

    14-10-2010
     CORTE SUPREMA RATIFICA QUE SERVICIO DE SALUD DEBE PAGAR INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DE MUJER TRAS PARTO

    La Corte Suprema ratificó que el Servicio de Salud Metropolitano Sur deberá cancelar una indemnización por daño moral de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a los familiares de una mujer que murió en el Hospital Barros Luco Trudeau, en septiembre de 1999.

     

    En fallo unánime (en causa rol 5909-2010), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, la fiscal judicial Mónica Maldonado y el abogado integrante Jorge Lagos- rechazaron el recurso de casación en contra del fallo que condenó al mencionado servicio a pagar la indemnización a Claudio Catrileo Sandoval, hijo de Ana Sandoval Guajardo.

     

    La mujer falleció el 20 de septiembre de 1999 producto de las complicaciones derivadas del parto en el que nació Claudio Catrileo. El fallo de la Corte Suprema, así como la sentencia de segunda instancia de la Corte de Apelaciones de San Miguel (rol 895-2009), confirma la resolución del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel (rol 1350-2003) que estableció la responsabilidad extracontractual por falta de servicio.

     

    "Las circunstancias antes expuestas son calificadas por esta Juez, como hechos graves, que no obstante pueden ser de común ocurrencia en los servicios de salud, en atención a la falta de recursos y personal en los hospitales y consultorios del país, es absolutamente improcedente que sea el usuario quien deba asumir las consecuencias de éstos, evidenciándose la falta de servicio", dice el fallo de primera instancia  de la jueza Cecilia Vega Adaros.

     

    Agrega que: "El recinto hospitalario en cuestión no observó el cuidado debido y más aún se actuó en forma deficiente, siendo exigible un estándar medio a un Hospital de similares características, que debe contar con profesionales, dependencias y procedimientos, atendido el lugar y  población que atiende. A mayor abundamiento, el retardo en las prestaciones realizadas a la paciente, no hicieron más que agravar el estado de salud de la misma y que de haberse adoptado habrían permitido prever un posible resultado daños para ésta, por lo que debieron adoptar las medidas necesarias a fin de evitarlo".

    14-10-2010

     CORTE SUPREMA RATIFICA QUE SERVICIO DE SALUD DEBE PAGAR INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DE MUJER TRAS PARTO

    La Corte Suprema ratificó que el Servicio de Salud Metropolitano Sur deberá cancelar una indemnización por daño moral de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a los familiares de una mujer que murió en el Hospital Barros Luco Trudeau, en septiembre de 1999.

     

    En fallo unánime (en causa rol 5909-2010), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, la fiscal judicial Mónica Maldonado y el abogado integrante Jorge Lagos- rechazaron el recurso de casación en contra del fallo que condenó al mencionado servicio a pagar la indemnización a Claudio Catrileo Sandoval, hijo de Ana Sandoval Guajardo.

     

    La mujer falleció el 20 de septiembre de 1999 producto de las complicaciones derivadas del parto en el que nació Claudio Catrileo. El fallo de la Corte Suprema, así como la sentencia de segunda instancia de la Corte de Apelaciones de San Miguel (rol 895-2009), confirma la resolución del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel (rol 1350-2003) que estableció la responsabilidad extracontractual por falta de servicio.

     

    "Las circunstancias antes expuestas son calificadas por esta Juez, como hechos graves, que no obstante pueden ser de común ocurrencia en los servicios de salud, en atención a la falta de recursos y personal en los hospitales y consultorios del país, es absolutamente improcedente que sea el usuario quien deba asumir las consecuencias de éstos, evidenciándose la falta de servicio", dice el fallo de primera instancia  de la jueza Cecilia Vega Adaros.

     

    Agrega que: "El recinto hospitalario en cuestión no observó el cuidado debido y más aún se actuó en forma deficiente, siendo exigible un estándar medio a un Hospital de similares características, que debe contar con profesionales, dependencias y procedimientos, atendido el lugar y  población que atiende. A mayor abundamiento, el retardo en las prestaciones realizadas a la paciente, no hicieron más que agravar el estado de salud de la misma y que de haberse adoptado habrían permitido prever un posible resultado daños para ésta, por lo que debieron adoptar las medidas necesarias a fin de evitarlo".

     


    Fuente:
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    Guía legal sobre: PLAN GES EX AUGE

    LA DIABETES ES GES 
    Guía legal sobre:

    Plan GES (ex AUGE)

    Preguntas frecuentes que explican en lenguaje ciudadano los principales contenidos de este tema.


    Última actualización: 01 de julio 2010


    ¿Qué es el GES?

    El plan de Garantías explícitas de Salud (GES) -antes plan Auge-, que tiene por objeto garantizar la cobertura por parte de Fonasa y las Isapres, a partir del 1 de julio de 2006 de 56 enfermedades. Este número se  va ampliando para llegar a 80 en el año 2010.

     
    ¿Cuáles son las garantías que otorga este plan de salud?
    • Garantía explícita de acceso: es la obligación de Fonasa y las Isapres de asegurar las prestaciones de salud.
    •  Garantía explícita de calidad: otorgar la atención de salud garantizada por un prestador registrado o acreditado.
    •  Garantía explícita de oportunidad: existencia de un plazo máximo para el otorgamiento de las prestaciones de salud garantizadas
    • Garantía explícita de protección financiera: es la contribución, pago o copago que deberá efectuar el afiliado por prestación o grupo de prestaciones.
     
    ¿Debo solicitar incorporar en GES en mi plan de salud?

    No. Fonasa y las Isapres tienen la obligación de prestar estas garantías y cubrir las más de 56 enfermedades garantizadas.

     

    ¿Cuáles son las enfermedades cubiertas por GES?
    Algunas de las enfermedades cubiertas son:

    1. Insuficiencia crónica renal Terminal
    2. Cardiopatías congénitas operables en menores de 15 años
    3. Cáncer cervicouterino
    4. Alivio del dolor por cáncer avanzado y cuidados paliativos
    5. Infarto agudo al miocardio
    6. Diabetes mellitus tipo I
    7. Diabetes mellitus tipo II
    8. Cáncer de mama en personas de 15 años y más
    9. Disrafias espinales
    10. Tratamiento quirúrgico de escoliosis en menores de 15 años
    11. Tratamiento quirúrgico de cataratas
    12. Endoprótesis total de cadera en personas de 65 años y más con artrosis de cadera con limitación funcional severa
    13. Fisura labiopalatina
    14. Cáncer en menores de 15 años
    15. Esquizofrenia
    16. Cáncer de testículos en personas de 15 años y más
    17. Linfomas en personas de 15 años y más
    18. Síndrome de la inmunodeficiencia adquirida VIH/SIDA
    19. Infección respiratoria aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años
    20. Neumonía adquirida en la comunidad de manejo ambulatorio en personas de 65 años y más
    21. Hipertensión arterial primaria o esencial en personas de 15 años y más
    22. Epilepsia no refractaria en personas desde 1 año y menores de 15 años
    23. Salud oral integral para niños de 6 años
    24. Prematurez
    25. Trastornos de generación del impulso y conducción en personas de 15 años y más, que requieren marcapaso
    26. Colecistectomía preventiva del cáncer de vesícula en personas de 35 a 49 años
    27. Cáncer gástrico
    28. Cáncer de próstata en personas de 15 años y más
    29. Vicios de refracción en personas de 65 años y más
    30. Estrabismo en menores de 9 años
    31. Retinopatía diabética
    32. Desprendimiento de retina regmatógeno no traumático
    33. Hemofilia
    34. Depresión en personas de 15 años y más
    35. Tratamiento quirúrgico de la hiperplasia benigna de la próstata en personas sintomáticas
    36. Ortesis (o ayudas técnicas) para personas de 65 años y más
    37. Accidente cerebrovascular isquémico en personas de 15 años y más
    38. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica de tratamiento ambulatorio
    39. Asma bronquial y severa en menores de 15 años
    40. Síndrome de dificultad respiratoria en el recién nacido
    41. Tratamiento médico en personas de 55 años y más con artrosis de cadera y/o rodilla, leve o moderada
    42. Hemorragia subaracnoidea secundaria a ruptura de aneurismas cerebrales
    43. Tratamiento quirúrgico de tumores primarios del sistema nervioso central en personas de 15 años y más
    44. Tratamiento quirúrgico de hernia del núcleo pulposo lumbar
    45. Leucemia en personas de 15 años y más
    46. Urgencia odontológica ambulatoria
    47. Salud oral integral del adulto de 60 años
    48. Politraumatizado grave
    49. Atención de urgencia del traumatismo craneo encefálico moderado o grave
    50. Trauma ocular grave
    51. Fibrosis quística
    52. Artritis reumatoide
    53. Consumo perjudicial y dependencia del alcohol y drogas en personas menores de 20 años
    54. Analgesia del parto
    55. Gran quemado
    56. Hipoacusia bilateral en personas de 65 años y más que requieren uso de audífono.
       
      Enfermedades incorporadas el 1 de julio de 2010
       
    57. Retinopatía del prematuro
    58. Displasia pulmonar del prematuro
    59. Hipoacusia neurosensorial bilateral del prematuro
    60. Epilepsia no refractaria en personas de 15 años y más
    61. Asma bronquial en personas de 15 años y más
    62. Enfermedad de Parkinson
    63. Artritis idiopática juvenil
    64. Prevención secundaria de la insuficiencia renal crónica terminal
    65. Displasia laxante de caderas
    66. Salud oral integral de la embarazada
    67. Esclerosis múltiple remitente recurrente
    68. Hepatitis B
    69. Hepatitis C

     
      
    Otras enfermedades y detalles sobre las mismas encontrará en:

    - Fonasa

    - Ministerio de Salud

     
    ¿Cómo hago efectiva las garantías del GES?

    Si padece una de las enfermedades GES, debe acercarse a su Isapre o Fonasa con el certificado médico que acredite el diagnóstico y llenar un formulario creado para estos efectos. La Isapre o Fonasa le indicarán a qué prestador debe acudir para confirmar el diagnóstico. Si se confirma, será derivado al centro de atención de la red de prestadores.

     
    ¿Puedo elegir en qué centro atenderme?

    No. Las Isapres o Fonasa tienen una red cerrada de prestadores para enfermedades GES.

    Si no desea atenderse en ellas, puede optar por atenderse con la cobertura de su plan de salud complementario. En algunas Isapres esto puede resultar beneficioso.

     
    ¿Cuáles son los costos de una enfermedad GES?
    • En el caso de Fonasa, para el grupo A y B el costo es cero; el grupo C paga el 10% de las prestaciones con un tope de 21 cotizaciones mensuales por una enfermedad, y 31 cotizaciones por dos o más enfermedades. El Grupo D paga el 20% de las prestaciones con un tope máximo de 29 cotizaciones mensuales por una enfermedad y 41 cotizaciones mensuales por dos o más enfermedades.          
     
    • Los afiliados a Isapre pagan el 20% de la prestación -según el arancel de referencia disponible en cada Isapre- con un tope máximo de 29 cotizaciones, en caso de una enfermedad, o de 41 cotizaciones mensuales en el caso de dos o más enfermedades. La suma de los copagos durante un año no podrá exceder las 122 UF en el caso de una enfermedad, o de 181 UF en el caso de dos o más enfermedades.
     

    Además, acceder al GES implica un cobro adicional al plan de salud. El precio varía en cada Isapre, pero tiene un promedio de $5.200 por cotizante.

     

    Un ejemplo: si usted necesita un tratamiento GES y mensualmente cotiza $50 mil en su Isapre, todos los gastos por debajo de $1.450.000 (29 x $50 mil) se pagarán de acuerdo a la regla del 20%, o sea, usted paga hasta $290 mil. Lo que exceda las 29 cotizaciones lo cubre la Isapre.

    ¿Qué pasa si la enfermedad fue diagnosticada antes de la entrada en vigencia del GES?

    Igual tiene derecho a los beneficios GES por las patologías cubiertas por el plan. No importa si fueron diagnosticadas antes o después de su puesta en marcha.

     
    ¿Qué sucede si la enfermedad no está contemplada en el GES?

    Tendrá una cobertura normal de acuerdo a su plan de salud.

    En el caso de una enfermedad grave, como aquellas consideradas catastróficas, con riesgo de vida y alto costo, tendrá una cobertura adicional por enfermedades catastróficas (CAEC). Para Fonasa existe el seguro catastrófico que otorga una bonificación del 100%, esto es, no hay costo para el beneficiario si se atiende en modalidad institucional. En Isapre con la cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC) los afiliados pueden obtener el 100% de cobertura exclusivamente dentro de la red cerrada de prestadores.

     
    ¿Qué otros beneficios incluye el plan GES?

    Todas las personas, ya sean afiliados a Isapres o Fonasa, tienen derecho una vez al año y en forma gratuita, a realizarse un examen de medicina preventiva para detectar a tiempo ciertas enfermedades.

     
    ¿Qué sucede si la Isapre o Fonasa no cumplen con las garantías?

    Cuando no se cumpla con las garantías de oportunidad y acceso, cada Isapre o Fonasa resuelve para que la atención sea otorgada a través de la red de prestadores.

    Si no se cumple con la garantía de protección financiera, debe recurrir a su Isapre o a Fonasa, según corresponda. Si no le resuelven el problema, puede acudir a la Superintendencia de Salud que también resuelve ciertos conflictos derivados de este problema y de la calificación de una enfermedad como GES


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    Saludos
    Rodrigo González Fernández
    Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
    Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

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