LA RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA
EN LA DOCTRINA Y EN LA JURISPRUDENCIA
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http://www.bcn.cl/pags/publicaciones/serie_estudios/esolis/nro277/nro277.htm
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Sección de Estudios
Patricia Canales Nettle
Con la colaboración de Virginie Loiseau
Nº 277, Junio de 2003
I. Introducción.
II. Sector privado de salud. Responsabilidad civil.
1. El contrato de prestaciones médicas celebrado con un profesional liberal
a. Caso en que el paciente elige libremente a un médico y concurre a solicitar sus servicios.
b. Cuando el médico atiende a un paciente a requerimiento de un tercero. La estipulación a favor de otro.
c. Incumplimiento del contrato.
d. El error en relación con el incumplimiento culpable.
e. Que del incumplimiento se genere perjuicio.
2. Responsabilidad civil de hospitales y clínicas privados
a. Régimen chileno de responsabilidad civil de hospitales y clínicas privados.
b. Modernas tendencias jurisprudenciales de la responsabilidad civil de los hospitales y clínicas.
c. Responsabilidad civil del hospital por el hecho de su contratante independiente.
III. Sector público de salud. Responsabilidad del Estado.
1. Requisitos que deben concurrir para responsabilizar a los Servicios de Salud.
a. El daño o perjuicio o lesión antijurídica en los derechos de la víctima.
b. Relación de causalidad entre el daño y la actividad o inactividad de los Servicios de Salud.
c. Que los funcionarios causantes del daño hayan obrado en el ejercicio de sus funciones.
2. Causales de extinción de la responsabilidad de los Servicios de Salud.
a. La fuerza mayor o caso fortuito.
b. El hecho de la víctima.
c. El hecho de un tercero.
3. La indemnización.
IV. Conclusiones.
V. Selección Bibliográfica
Saludos Rodrigo González fernández, consultajuridica.blogspot.com
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