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Monday, May 19, 2008

FALLO EN BARILOCHE Consideran "accidente de trabajo" el exceso de estrés

FALLO EN BARILOCHE 
Consideran "accidente de trabajo" el exceso de estrés

[16/05/2008 | 07:49 ] - Un tribunal rionegrino determinó que una psicóloga de la policía debe ser resarcida por el "desgaste profesional" de su labor, que le generó depresión.




La Cámara Laboral de San Carlos de Bariloche consideró en un fallo que el "desgaste profesional" sufrido por una psicóloga de la policía debe considerarse como un "accidente de trabajo", informaron fuentes judiciales. 

El fallo fue difundido por la oficina de prensa de tribunales, que indicó que la Cámara respondió así a una apelación de la licenciada Lidia Maldonado, de 42 años, que desde hace dos años se encuentra postrada sin poder trabajar, debido a serias afecciones a su salud derivadas de su tarea.

El tribunal hizo lugar al amparo de la psicóloga, presentado porque la obra social de la provincia -Horizonte- rechazó la responsabilidad ante su padecimiento, "al no estar incluida dentro del listado de enfermedades profesionales". 

La mujer citó resonantes casos de abuso de menores en los que actuó, inclusive que sufrió amenazas, además de suicidios e intentos de suicidios de policías, violencia familiar y asistencia a presos en la cárcel local, entre otros. 

En base al voto del juez Juan Lagomarsino, sus pares Ariel Asuad y Carlos María Salaberry afirmaron que "las lesiones que sufriera la apelante son consecuencia de un accidente de trabajo". 

El fallo destaca que la psicóloga "comienza a sufrir episodios frecuentes de crisis de angustia con componentes somáticos varios, lo que llevó a su médica tratante a diagnosticarle 'síndrome de desgaste profesional'". 

Los fundamentos consideraron que Horizonte no incluye esta enfermedad en sus registros, pero destacaron que "tampoco se ha discutido de modo alguno que esos síntomas permiten diagnosticar la existencia de una enfermedad que se denomina 'síndrome de desgaste profesional'". 

Este fallo le permitirá a la psicóloga ajustarse a la Ley Nacional de Trabajo, para reclamar las actuaciones y el resarcimiento correspondientes.

 Fuente:  (CRITICA DIGITAL)

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Rodrigo González Fernández
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